Mala Praxis en Odontología: puntos básicos de referencia (2º parte)  

Para entender más sobre este tema

 

En esta segunda parte, Panorama Odontológico indagó entre los expertos de la Mutual Odontológica Argentina y su Presidente el Dr. Carlos Roberto Chalukian y ampliaron detalles sobre cómo trabajan los peritos judiciales, los de parte, las figuras legales y los consejos y advertencias para evitar (o hacer frente) a un juicio por mala praxis y esto es lo que nos dicen:

 

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En la entrega anterior se presentó la paradoja de que grandes personalidades en el mundo de la Medicina y la Odontología son peritados por un consultor técnico que tiene conocimientos insuficientes y poca experiencia; y es entonces cuando éste recurre a la letra chica, se aleja de la practica y, por ejemplo, determina que hasta un análisis de orina es necesario en una persona joven y sana para que el implante fuera hecho con responsabilidad.

 

El mismo perito olvida que para realizar una extracción -que es un acto cruento y muchas veces con complicaciones inesperadas difíciles de manejar- no se pide ni un análisis de sangre ni una orina completa. Por otra parte, se suelen exigir estudios y se descarta el “ojo clínico experimentado” al aceptar como válida la masificación bibliográfica.

 

Afortunadamente, con los peritos de parte (los que asesoran a cada una de las partes), la situación es diferente. Trabajan con distintos especialistas para deslindar o probar la responsabilidad del profesional demandado porque están contratados “por la parte”.

 

Ahora bien, podrían existir distintas causas por las cuales el Sistema Judicial cuenta con peritos oficiales como odontólogos generales con mucha o poca experiencia y muy pocos especialistas.

 

Una de ellas podría ser la velocidad del cambio tecnológico. Con el advenimiento de una enorme cantidad de posibilidades, tratamientos, tecnologías y elementos que se incorporaron en un corto lapso de tiempo las exigencias sobre el perfil de un perito judicial idóneo para evaluarlas son insuficientes. Actualmente, para ser perito se requiere estar recibido en la profesión que trata la causa; tener más de cinco años de ejercicio profesional; tener un título habilitante y estar matriculado; estar inscripto en la justicia. No se exige la recertificación ni que tenga una especialidad: sólo alcanza con que sea odontólogo.

 

El sistema establece que cuanto mayor sea la lesión, mayor es el monto resarcitorio y más altos serán los honorarios del perito judicial. A esto se le suma que el damnificado generalmente acude a la justicia con un beneficio de litigar sin gastos aduciendo bajos recursos. Si actúa con el beneficio puede exigir cualquier suma sin pagar los gastos que ocasiona; y además si pierde el juicio nadie va a poder ir en su contra. Así, el  sistema que en su origen defendía el acceso a la justicia a todas las personas aunque fueran insolventes, termina en la práctica en muchos casos siendo perverso en contra del profesional médico o en este caso odontólogo.

 

La clave inicial es la buena relación del odontólogo con su paciente. Ante una acción de daños hay un reproche legal que se le hace al profesional. Éste puede ser una acción penal o civil. La notificación de una demanda civil pone en zozobra al profesional, y peor aún si es penal porque puede significar prisión, inhabilitación de matricula profesional, trabajos comunitarios etc.

Por su parte, los jueces y los peritos evaluarán la relación medico paciente.

 

En lo que atañe al profesional, la solvencia de sus conocimientos, integridad moral, objetividad y la jerarquía profesional siempre son valorados.

 

Se condena la impericia (ignorancia inexcusable), la imprudencia (temeridad injustificable, que no es otra cosa más que el exceso de confianza) y la negligencia (actuar con descuido, letra ilegible, no respetar la ley médica).

 

Es menester desarrollar la importancia del consentimiento informado personalizado, la ficha, la documentación exigible ante una demanda, los medios de diagnóstico exigibles, la Carta Documento y los tiempos procesales.

 

En la Mutual Odontológica Argentina tiene como desafío continuar siendo una herramienta de mejoramiento social y de servicio en la odontología. Asume la responsabilidad de representar en forma directa a la compañía de seguros formando parte de toda la gestión del principio al fin.

 

Aceptar esto es realizar un trabajo trascendiendo lo personal, desde lo institucional al resto de los odontólogos y a la sociedad.

 

Este camino es difícil, exige de compromiso, trabajo en organizaciones, implica que aceptar responsabilidades y la voluntad necesaria para cumplir metas, ser sensibles y solidarios. Apostar por el cambio.

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